Canje del permiso de conducción en España para trabajadores extracomunitarios
El Real Decreto 818/2009 da seis meses de validez al permiso extracomunitario, y sin convenio con la DGT el canje exige el examen español completo.
Un permiso de conducción expedido fuera de la Unión Europea solo es válido en España durante los seis meses siguientes a la obtención de la residencia legal, según el Reglamento General de Conductores aprobado por el Real Decreto 818/2009 (BOE-A-2009-9481). Pasado ese plazo, el canje sin examen solo cabe si existe convenio bilateral con el país emisor.
El reloj de seis meses, y quién lo incumple sin saberlo
El plazo no cuenta desde la entrada en España ni desde la firma del contrato. Cuenta desde que la persona obtiene la residencia legal, es decir, desde que su autorización de residencia produce efectos. A partir de ahí tiene seis meses de conducción válida con el permiso de su país, siempre que ese permiso esté en vigor y vaya acompañado de traducción oficial o de permiso internacional.
Cumplidos los seis meses, el permiso extranjero deja de habilitar la conducción en España. El trabajador que sigue conduciendo lo hace sin permiso válido, con las consecuencias del régimen sancionador de tráfico, y la empresa que le entrega una furgoneta de reparto o una carretilla de obra se expone a su propia responsabilidad. En una plantilla de veinte personas llegadas en la misma cohorte, todos los relojes vencen en la misma semana, y esa fecha rara vez está en el calendario de nadie hasta que la Guardia Civil para un vehículo.
La Dirección General de Tráfico publica la lista de países con los que España mantiene convenio de reconocimiento y canje de permisos. Ese listado es la única fuente que decide el resto del procedimiento, y conviene consultarlo por país y por categoría antes de firmar el contrato, no después de la llegada.
Nepal e India no están en la lista
Nepal e India no figuran entre los países con convenio de canje con España. Un conductor nepalí o indio con veinte años de experiencia y permiso vigente en su país no puede canjearlo: debe obtener el permiso español por el procedimiento completo, con examen teórico y examen práctico, y en la práctica pasando por una autoescuela porque el material y la señalización se examinan en español. Entre la matriculación, el reconocimiento psicotécnico, las tasas de la Dirección General de Tráfico y la espera de convocatoria de examen, la vía realista para una persona que además trabaja a jornada completa se mide en meses, no en semanas.
Filipinas tampoco permite el canje directo de todas las categorías, de modo que un permiso filipino puede servir para el turismo B y no para las categorías profesionales. La comprobación correcta no es por país sino por país y categoría en la lista de la Dirección General de Tráfico.
Para las categorías profesionales C y D hay una segunda capa que no depende del canje. El conductor necesita el certificado de aptitud profesional, el CAP, exigido por la normativa española de transporte, además del permiso. Un permiso canjeado no trae CAP consigo. Este es el punto donde se cae la contratación de conductores de camión originarios de terceros países: la empresa resuelve el permiso y descubre después que el conductor todavía no puede conducir un vehículo pesado por cuenta de la empresa.
| Situación del país de origen | Qué puede hacer el trabajador | Qué debe prever el empleador |
|---|---|---|
| País con convenio de canje | Canje sin examen ante la Dirección General de Tráfico | Cita, tasas y reconocimiento psicotécnico |
| País sin convenio, caso de Nepal e India | Permiso español por examen teórico y práctico completo | Meses de formación y horario que permita asistir |
| Convenio parcial por categorías, caso de Filipinas | Canje solo de la categoría reconocida | Verificar la categoría exacta antes de firmar |
| Categorías profesionales C y D | Permiso más certificado de aptitud profesional | El CAP se tramita aparte, nunca viene con el canje |
Cómo se planifica esto antes de la llegada
La comprobación correcta se hace en la fase de selección. Si el puesto exige conducir, la pregunta no es si el candidato tiene permiso en su país, sino si ese país tiene convenio con España para esa categoría concreta. Con convenio, la incorporación puede fijarse pocas semanas después de la llegada y el coste es el de las tasas y el reconocimiento. Sin convenio, el puesto es en la práctica un puesto sin conducción durante los primeros meses, y quien lo planifique de otro modo tendrá a alguien parado o conduciendo sin permiso válido.
Hay tres decisiones de empresa que resuelven casi todos los casos. Poner la fecha de vencimiento de los seis meses en el expediente de cada trabajador el día del alta. Definir qué puestos exigen conducción real y cuáles la exigen solo por comodidad. Y, cuando la conducción es imprescindible y el origen no tiene convenio, asumir el coste de la autoescuela como parte del coste de incorporación en lugar de descubrirlo el séptimo mes.
El itinerario administrativo de llegada está en el procedimiento de autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena, el detalle de tasas en el coste de contratar a un trabajador extranjero, y el marco sancionador que alcanza a la empresa en la Inspección de Trabajo y los trabajadores extranjeros.
El permiso de conducción es el documento que más veces se da por resuelto y menos veces se comprueba. Comprobar el convenio de canje cuesta una consulta en la fase de selección; omitirlo cuesta la autoescuela completa y un puesto sin conducción durante meses.
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